Ahora que la economía de algunas empresas pasan por momentos difíciles
muchas de ellas optan por los temidos
“recortes de personal” buscando nivelar sus ingresos, sin embargo si usted es
víctima de ese recorte y, desafortunadamente, es despedido hoy en EL AJUSTE le
voy a contar que tiene usted derecho a 10 pagos que la empresa debe cumplir por
el tiempo que usted prestó sus servicios.
“Cuando un trabajador
es despedido sufre efectos negativos en sus finanzas personales al verse
alterado su presupuesto, no poder pagar sus deudas, interrumpir su ahorro y
dejar de ser sujeto de crédito, por lo que es importante saber cuánto te
corresponde por Ley”, expuso Alfredo Sánchez-Castañeda, investigador del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
En primer lugar, tiene usted derecho a demandar dos rubros básicos, que
son el pago de:
1. Tres meses de salario por concepto de
indemnización Constitucional.
2. La prima de antigüedad, que consiste en el
pago de 12 días de salario por cada año de servicios prestados, tomando como
base para el pago de esta prestación el doble del salario mínimo, en caso que
el trabajador perciba un salario superior a este.
En segundo término, tiene derecho al
pago de sus partes proporcionales de:
3. Aguinaldo.
3. Aguinaldo.
4.- Vacaciones y prima vacacional.
5. Prestaciones que haya generado y que
no le hayan cubierto aún.
Pero en caso que no le interese
el pago de las prestaciones mencionadas,
tiene derecho a demandar que le reinstalen
en su puesto con los mismos términos y condiciones que venía
desempeñando, además de:
6. El pago de vacaciones, prima
vacacional y aguinaldo que se generen hasta la fecha en la que seas físicamente
reinstalado.
7. El reconocimiento de la antigüedad
durante todo el tiempo que dure el juicio.
8. A los ascensos escalafonarios (subir de nivel en su empleo).
8. A los ascensos escalafonarios (subir de nivel en su empleo).
9. A los salarios caídos desde la fecha
del despido hasta la fecha en la que sea realmente reinstalado.
10. A la continuación del pago de las
aportaciones al sistema de ahorro para el retiro.
Los 10 derechos que usted tiene y que la empresa debe cumplirte están fundamentados en los Artículos 48, 87, 79, 80, 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Puede revisar herramientas de cálculo como www.nominax.com
Los 10 derechos que usted tiene y que la empresa debe cumplirte están fundamentados en los Artículos 48, 87, 79, 80, 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Puede revisar herramientas de cálculo como www.nominax.com
DESPIDO INJUSTIFICADO A JUICIO.- Sánchez-Castañeda explicó que si
el despido es injustificado, el
trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que se le
reinstale en el trabajo que desempeñaba o que se le indemnice con el importe de
tres meses de salario a la fecha en que se realice el pago (Artículo 48 de la
LFT).
Si hay juicio
laboral, se le debe pagar los salarios vencidos computados
desde la fecha del despido hasta por
un máximo de 12 meses.
Si al término de este plazo no ha
concluido el procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se pagará
también al trabajador los intereses que se generen sobre el importe de 15 meses
de salario, a una tasa de 2 por ciento mensual, capitalizable al momento del
pago.
En caso que la relación de trabajo
fuese por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá de 20 días de
salario por año de servicio prestado, más las prestaciones de Ley.
Tenga en cuenta que si el despido es injustificado, cuenta
con dos meses para demandar a tu patrón por dicha acción, a partir del día
siguiente en que ocurrió, de acuerdo con el Artículo 518 de la Ley Federal del
Trabajo.
TIPS, Los básicos. Si
le despiden tiene derecho a demandar 3 meses de salario por indemnización
Constitucional y prima de antigüedad.
Lo parcial. También al pago proporcional de
aguinaldo, vacaciones y prima vacacional y prestaciones generadas que no te
hayan cubierto.
La reinstalación. En caso que no le interese el
pago de las prestaciones referidas, tiene derecho a demandar que le reinstalen
en su puesto.
Ahora ya está usted enterado, no se
deje sorprender por algunos patrones, que siempre los hay, que se quieran pasar
de listos. Allá usted si se deja.
***
El director de la popular serie de
televisión "Law & Order" Especial Victims Unid, Jason Alexander,
fue detenido en el estado de Nueva York y acusado de pornografía infantil.
Alexander, de 51 años, se enfrenta a
dos cargos por posesión y distribución a través de internet de un video
pornográfico con menores de edad, según la oficina de la fiscal del condado de
Westchester, Janet DiFiore.
El cineasta fue detenido en la
localidad de Dobbs Ferry y tras la lectura de los cargos, quedó este miércoles
en libertad después de pagar una fianza de 10 mil dólares y deberá
volver a comparecer en el tribunal el próximo 19 de noviembre.
De ser encontrado culpable de los cargos que pesan en su contra, Alexander se enfrenta a una pena máxima de siete años de cárcel en una prisión estatal, según detalló en un comunicado la fiscalía, que abrió la investigación la semana pasada.
Alexander dirigió una treintena de episodios de "Law & Orden", que se popularizó entre 1990 y 2010 como una serie basada en la investigación de un delito por parte de la policía y del posterior desarrollo del juicio.
De ser encontrado culpable de los cargos que pesan en su contra, Alexander se enfrenta a una pena máxima de siete años de cárcel en una prisión estatal, según detalló en un comunicado la fiscalía, que abrió la investigación la semana pasada.
Alexander dirigió una treintena de episodios de "Law & Orden", que se popularizó entre 1990 y 2010 como una serie basada en la investigación de un delito por parte de la policía y del posterior desarrollo del juicio.
Ahora le voy a dejar una para la
reflexión de fin de semana: “Los padres quieren más y mejor a los hijos adoptivos
porque no les llegan por la vía del placer, sino que son buscados como una
dulce y sagrada obligación” Sir Michael Hofffner
Por hoy
vamos dejándolo aquí, nos vemos el lunes
hora y lugar de costumbre cuando tengamos, si quién TODO lo puede nos lo
permite, un número más de EL AJUSTE DE CUENTOS pero ahora, y por favor, ya no
le haga usted más al cuento y ¡ya váyase a trabajar! ¿no le parece? no vaya
siendo la de malas porque entonces sí que ya la…
No hay comentarios:
Publicar un comentario